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Novia Máster Noviembre 2017 Cordillera

Regímenes patrimoniales

María, el 24 de Agosto de 2016 a las 09:03 Publicado en Foro antes del matrimonio 0 47

Hola Aminovias,

Les escribo esta vez, para compartir con ustedes esta info que encontré acerca de los regímenes patrimoniales...de los cuales no entendía mucho jejjeje...ojalá les sea útil.

¿Qué es un régimen patrimonial del matrimonio?
Es el sistema que rige las relaciones patrimoniales de los cónyuges entre sí y respecto de terceros. En otras palabras, es el sistema según el cual se administra la economía y bienes, dineros de un matrimonio.

Regímen Patrimonial

Regímen Patrimonial

¿Cuántos tipos existen?
Tres tipos:

  • Sociedad conyugal
  • Separación total de bienes
  • Participación en los gananciales

¿Qué es una sociedad conyugal?
En este sistema el patrimonio de ambos cónyuges forma uno solo, común para ambos, que es administrado por el marido. Esto incluye tanto el patrimonio que cada uno tenía antes de casarse como lo que adquieran durante la unión.

¿Qué significa la separación total de bienes?
Los patrimonios de cada cónyuge y su administración se mantienen separados antes y durante el vínculo matrimonial. Es decir, “lo que es mío es mío y lo que es tuyo es tuyo”.

¿Qué es la participación en los gananciales?
En este régimen los patrimonios se mantienen separados, pero si el régimen se acaba, el cónyuge que adquirió bienes de mayor valor debe compensar al que obtuvo menos, para que ambos queden iguales.

¿Cuándo debo elegir el régimen patrimonial que quiero para mi matrimonio?

  • En el caso de sociedad conyugal, puede pactarse antes de la celebración del matrimonio o en el mismo acto de su celebración (capitulaciones matrimoniales). Si nada se dice, opera por defecto.
  • En el caso de separación total de bienes, puede pactarse antes de la celebración del matrimonio, en el mismo acto de su celebración (capitulaciones matrimoniales) o durante el matrimonio.
  • En el caso de participación en los gananciales, puede pactarse antes de la celebración del matrimonio o en el mismo acto de su celebración (capitulaciones matrimoniales) o durante el matrimonio.

Si estamos casados bajo sociedad conyugal, ¿podemos cambiarnos de régimen?
Durante el matrimonio el régimen de sociedad conyugal puede ser sustituido por el de participación en los gananciales o por el de separación total. También puede substituirse la separación total por participación en los gananciales y viceversa. Excepcionalmente, la mujer puede demandar pasar a separación judicial de bienes si el marido ha incurrido en conductas como abandono del hogar, insolvencia o no auxiliar al cónyuge.

¿Qué régimen patrimonial tienen las parejas casadas en el extranjero?
Las personas casadas en el extranjero se consideran casadas con separación de bienes en Chile, a menos que inscriban su matrimonio en el Registro de la Primera Sección de la Comuna de Santiago, y pacten sociedad conyugal o participación en los gananciales.

¿Quién es dueño de los bienes en la sociedad conyugal?
La sociedad conyugal es dueña de los bienes que ingresan a ella. No obstante, es posible que la mujer tenga un patrimonio propio, fuera de la sociedad, administrado por ella y que debe ser lo obtenido como fruto de su trabajo o profesión, si es que es separado del empleo de su marido (es lo que se llama “patrimonio reservado”). El resto de los bienes son administrados exclusivamente por el marido, quien, sin embargo, necesitará la autorización de la mujer para realizar determinados actos, como por ejemplo constituir una hipoteca sobre ciertos bienes raíces.

¿Quién administra los bienes en la sociedad conyugal?
Según la ley, es el marido el administrador de los bienes en la sociedad conyugal.

¿Qué derechos tiene la mujer sobre los bienes en una sociedad conyugal?
Prácticamente ninguno, pues es el marido el administrador legal de todo, incluso de los bienes que la mujer haya obtenido por donación o herencia. Pero sí puede disponer de los bienes y ganancias que obtenga como fruto de su trabajo o profesión, si es que es separado del empleo de su marido.

¿Cómo se disuelve una sociedad conyugal?
Por sentenccia de divorcio, nulidad o separación de bienes, por muerte de uno de los cónyuges o por cambio a otro sistema patrimonial, entre otros.

¿Qué pasa con los bienes cuando una sociedad conyugal se termina?
Se produce una comunidad entre los cónyuges, o entre el cónyuge sobreviviente y los herederos del otro, quienes pueden pedir la liquidación de la sociedad conyugal. En la liquidación deberán descontarse determinados bienes y dividirse por mitades los bienes que queden a título de gananciales.

¿Qué pasa con los bienes cuando un matrimonio con separación de bienes se termina?
Cada uno se queda con su propio patrimonio, es decir, con lo que cada uno adquirió a su nombre antes y durante la vigencia del régimen.

¿Qué pasa con los bienes cuando un matrimonio con participación en los gananciales se termina?
Deben calcularse las ganancias que cada uno obtuvo durante el matrimonio, como dineros, bienes o propiedades que no eran parte del “patrimonio de soltero”. Aquel cónyuge que tenga más ganancias debe dar al otro la mitad de la diferencia entre ambos.

ACUERDO DE UNIÓN CIVIL

ACUERDO DE UNIÓN CIVIL

¿Qué es el Acuerdo de Unión Civil?

El Acuerdo de Unión Civil es un contrato celebrado libre y espontáneamente entre dos personas que comparten un hogar. Tiene el propósito de regular los efectos jurídicos derivados de su vida afectiva en común de carácter estable y permanente.

El acuerdo lo puede celebrar una pareja heterosexual (una mujer y un hombre), una pareja de dos hombres o una pareja de dos mujeres.

¿Las personas adquieren otro estado civil cuando firman el Acuerdo de Unión Civil?

Si, la celebración de este acuerdo confiere a los convivientes el estado civil de conviviente civil.

¿Quiénes pueden celebrar el acuerdo?

Sólo podrán celebrar el Acuerdo de Unión Civil las personas que sean mayores de edad y que tengan la libre administración de sus bienes.

¿Cómo se firma el acuerdo de unión civil?

Se celebrará en el Servicio de Registro Civil e Identificación, u otro lugar que fijen los contrayentes (dentro del territorio jurisdiccional del Servicio respectivo) ante cualquier oficial. Se levantará un acta que deberá ser firmada por el oficial civil y por los contrayentes.

Los contrayentes deberán declarar por escrito, oralmente o por lengua de señas que no son casados y que no tienen otro Acuerdo de Unión Civil que esté vigente.

¿Qué se hace con el acta?

El acta, levantada por el oficial del Registro Civil e Identificación, se inscribirá en un registro especial que llevará dicha entidad. Ese registro deberá incluir las siguientes referencias: nombre completo y sexo de los contrayentes; fecha, hora, lugar y comuna en la que se celebra este contrato; y la certificación, realizada por el oficial del Registro Civil, del cumplimiento de los requisitos establecidos para su celebración.

¿Quiénes están impedidos legalmente de celebrar un Acuerdo de Unión Civil?

Los ascendientes y descendientes por consanguinidad (parientes que descienden unos de otros, como: padres, hijos, nietos, bisnietos) o afinidad (existe entre una persona que está o ha estado casada y los parientes consanguíneos de su marido o mujer, como: suegros, yerno, nuera, cuñados), ni los colaterales por consanguinidad en el segundo grado (hermanos). Tampoco las personas que estén casadas o que tengan otro acuerdo de unión civil vigente.

¿Qué derechos y deberes tienen los convivientes civiles?

  1. Se deben ayuda mutua.
  2. Están obligados a solventar los gastos generados por su vida en común, según sus facultades económicas y el régimen patrimonial que exista entre ellos.
  • Los contrayentes conservarán la propiedad, goce y administración de los bienes adquiridos antes de la celebración del contrato y de los que adquieran durante la vigencia de éste, salvo que pacten expresamente otra modalidad de repartir sus bienes en el mismo acuerdo.

¿Qué ocurre con la herencia de los convivientes civiles?

En caso de fallecer uno de los contratantes, el conviviente civil sobreviviente tendrá los mismos derechos que le corresponden al cónyuge sobreviviente en el caso de los matrimonios. Asimismo, el conviviente civil sobreviviente podrá recibir por testamento lo que se denomina como cuarta de mejoras, que corresponde a una cuarta parte de la herencia.

¿Qué tribunal analiza los asuntos referentes a los acuerdos de unión civil?

El Tribunal de Familia competente.

¿Cómo termina el Acuerdo de Unión Civil?

  • Por muerte natural o presunta de uno de los convivientes civiles.
  • Por el matrimonio de los convivientes civiles entre sí, cuando proceda.
  • Por mutuo acuerdo de los convivientes civiles o voluntad unilateral de uno de ellos, lo que deberá constar por escritura pública o acta otorgada ante oficial del Registro Civil y ser notificado el otro conviviente civil.
  • Por declaración judicial de nulidad del acuerdo.

¿Es procedente la compensación económica para uno de los convivientes al terminar el Acuerdo de Unión Civil?

Efectivamente, si como consecuencia de haberse dedicado al cuidado de los hijos o a las labores propias del hogar común, uno de los convivientes civiles no pudo desarrollar una actividad remunerada o lucrativa durante la vigencia del acuerdo, o lo hizo en menor medida de lo que podía y quería. En ese caso, tendrá derecho a que la otra parte le compense el menoscabo económico sufrido, siempre que la separación sea por mutuo acuerdo, voluntad unilateral o nulidad judicial.

¿Un conviviente civil puede ser carga legal del otro?

Si, un conviviente civil podrá inscribir al otro como carga.

¿El conviviente civil tiene derecho a la pensión de sobrevivencia o viudez?

Si, la recibirá el conviviente civil sobreviviente, siempre que el acuerdo se hubiera celebrado al menos un año antes del fallecimiento o tres años, si el acuerdo se celebró cuando el causante ya recibía pensión de vejez o de invalidez.

Saludos,

María Paz

47 Respuestas

Última actividad por Rita, el 31 de Enero de 2018 a las 17:00
  • R
    Novia Novata Febrero 2019 El Loa
    Rita ·
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    La misma consulta... Pero en el caso de participacion de los gananciales? O solo apilica en sociedad conyugal?
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  • Camila
    Novia Habitual Noviembre 2017 Curicó
    Camila ·
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    Alejandra, si estando ya casada tu marido muere, la mitad de todos los bienes que tenga él, es para el cónyuge sobreviviente (la viuda en este caso), y la otra mitad se reparte entre los hijos en partes iguales (todos los hijos que tenga). La ley dice que por regla general el cónyuge sobreviviente recibe el doble de la porción que corresponda a los hijos, y que en ningún caso puede ser menos de la cuarta parte de la herencia.

    Esto quiere decir que tanto tu como tu hija recibirán herencia, pero los otros hijos que el tenga también van a recibir. Ya si en definitiva tu marido no quiere dejarle nada a sus otros hijos, tendría que repartir sus bienes en vida, como ponerlos a nombre tuyo o de tu hija. Espero te ayude la información.

    Saludos Smiley smile

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  • A
    Novia Novata Febrero 2018 Maipo
    Alejandra ·
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    Una consulta me voy casar y tengo dudas con los regímenes patrimoniales.

    Mi futuro esposo tuvo tiene 3 hijos de otra relación, todos son mayores de edad,

    y nosotros tenemos en común una pequeña de 5 años.

    Tenemos una relación de 12 años en donde se ha adquirido vehículos y una casa que están a nombre de mi pareja y yo por otro lado tengo un terreno a mi nombre.

    Mi pregunta es que pasa si el llegara a fallecer, en que situación queda mi hija?

    Como se reparten los vienes?

    Sus hijos anteriores también recibirían herencia y que porcentaje?

    A mi tanto como a mi esposo le interesa saber porque todo lo que tenemos es por esfuerzo de los dos y por supuesto a el y a mi nos gustaría que mi hija y yo saliéramos beneficiadas.

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  • M
    Novia Máster Noviembre 2017 Cordillera
    María ·
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    De nada Rosy ..yo tambien tenia mis dudas ..pero ya tomamos una decision.Saludos;
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  • Rosy
    Novia Máster Octubre 2017 Cardenal Caro
    Rosy ·
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    Agradezco tu información porque tenía mis dudas, y es un tema bastante delicado como para tomarlo a la ligera...Gracias...Smiley smile
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  • M
    Novia Máster Noviembre 2017 Cordillera
    María ·
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    Asi es Barbaritha...justamente por eso investigué un poquito..no entendía muy bien ...es mas pensaba que mi novio desconfiaba o algo así y al leer esto juntos entendí muchas cosas ..que aveces el amor no muestra
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  • M
    Novia Máster Noviembre 2017 Cordillera
    María ·
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    Nosotros decidimos lo mismo ...mas que nada por la seguridad de la familia y nuestros hijos
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  • Barbaritha
    Novia Habitual Noviembre 2017 Curicó
    Barbaritha ·
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    Muy buena info Mª Paz...! Creo q es un tema delicado que hay tomar muy en serio... No creo q tenga q ver en quien se queda cn qué en caso de separarse, si es así mejor no casarse... Tenemos que pensar que más adelante vendrán los hijos y no queremos que toda nuestra familia se vea involucrada y quede en la nada x una mala decisión financiera, como sería en el caso del régimen conyugal, en tanto que con la separación de bienes, se puede rescatar o mantener algo del patrimonio al tener las cosas separadas.
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  • Andrea
    Novia Habitual Noviembre 2017 Santiago
    Andrea ·
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    Qué buen debate! Con mi pareja decidimos que tendremos separación total de bienes por un tema netamente de que si alguno comete un error no arrastre al otro y nos quedemos sin pan ni pedazos. Los dos somos profesionales y tenemos nuestros bienes de solteros que compartimos desde antes de casarnos. Felicito a la aminovia que lo creó. Éxito!
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  • M
    Novia Máster Noviembre 2017 Cordillera
    María ·
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    De nada Ale
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  • M
    Novia Máster Noviembre 2017 Cordillera
    María ·
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    De nada Paulina
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  • Paulina
    Novia Experta Octubre 2016 Santiago
    Paulina ·
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    Excelente información y que lata que algunas hayan interpretado a mal este debate ya que es de suma relevancia saber bajo que régimen pateimonal te vas a casar, la vida en matrimonio no es solo amor y flores y de verdad hay que darle el peso q se merece, es un asunto legal y debe quedar mas que claro. Si no, mejor celebrar un matrimonio simbólico. Eso, Gracias por el debate!
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  • Alejandra
    Destacad@ Santiago
    Alejandra ·
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    Ay, mis niñas, me alegro que finalmente nos hayamos entendido! Smiley laugh Es cierto qeu a veces los emoticonos ayudan a dar esa entonación que las palabras escritas no logran transmitir. Me alegro qeu ya todo esté solucionado y todas felices y contentas. Por cierto, gracias María Paz por tu debate. Smiley winking

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  • Diana
    Novia VIP Febrero 2017 Maipo
    Diana ·
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    Super Smiley smile

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  • M
    Novia Máster Noviembre 2017 Cordillera
    María ·
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    Si obvio no hay problema...acá todas podemos opinar y dar fundamentos ...mi debate era solo en tenor de informar ...y creo que se cumplió el objetivo
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  • Diana
    Novia VIP Febrero 2017 Maipo
    Diana ·
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    Tienen razón en mucho y si caí pesada con mi opinión... Sorry; da igual soy súper nueva en este asunto y todo el tema del matrimonio, no quería incomodar ni causar corajes; como les dije valoró sus aportes y aprendo mucho al respecto , pero todos tenemos derecho a escribir lo que pensamos y discutirlo o no? .. Saludos
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  • Claudia
    Top de las Novias Noviembre 2016 Bío-Bío
    Claudia ·
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    Exacto! Hay que informarse siempre!!
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  • Claudia
    Top de las Novias Noviembre 2016 Bío-Bío
    Claudia ·
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    Fría? Solo entregue información jajaja. En fin, pondré una carita para la próxima! Es difícil dar tonalidades a lo escrito, uno lo puede leer con distintas entonaciones Smiley winking
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  • M
    Novia Máster Noviembre 2017 Cordillera
    María ·
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    De nada Cami
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  • Camila
    Novia Máster Noviembre 2017 Curicó
    Camila ·
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    Gracias amiga mia muy buena esta info
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  • Diana
    Novia VIP Febrero 2017 Maipo
    Diana ·
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  • M
    Novia Máster Noviembre 2017 Cordillera
    María ·
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    Asi es ...como dice Claudia...nadie se casa pensando en el divorcio.. pero existen los regimenes y creo que es bueno conocerlos ...hace tiempo mi mamá recibió una notificacion de que tenia una herencia que recibir...y fue a firmar y no la dejaron porque tenia que firmar mi papá por ella (sociedad conyugal)... mas que nada hice este debate para informar nada mas ...Y la verdad me incomoda que insinues que lo hago por interes o por negocio o contrato o como le quieras decir...Amo a mi novio y por eso me casaré con él....
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  • Claudia
    Top de las Novias Noviembre 2016 Bío-Bío
    Claudia ·
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    Creo que no me entendiste o no me exprese bien! Por tu respuesta pensé que no sabías que los regímenes matrimoniales también tienen efecto durante el matrimonio y no sólo cobra importancia a la hora de separarse (que Dios no lo quiera, llegar a esa instancia) por eso lo aclaré. Respeto la opinión de todas, obvio! Pero no hay nada mejor que una opinión con fundamento, por eso repito, mi intención era aclarar que también durante el matri los regímenes son distintos, porque pensé que no lo sabías, pero si lo sabes y es tu opinión no pensar en esto, súper valido!! De hecho, cuando me case por civil yo le decía a Juanjo "da lo mismo! Bajo cualquier régimen" pero como hay que elegir, no iba a hacer "cape nane tene tu", así que había que informarse sobre los tres! Saludos!
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  • Diana
    Novia VIP Febrero 2017 Maipo
    Diana ·
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    Si, se respeta la opinión por eso se realizan los debates, pero obvio no comparto la idea! precisamente porque si se da este paso; hay que estar en las buenas y en las malas!, y afrontar con tu esposo lo venidero!, Por eso hay que pensar muy bien el matrimonio no sólo como un documento físico, lo material o comoUn negocio, sino como otra forma de ver la vida y de compartir el verdadero amor!,
    Saludos
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  • Claudia
    Top de las Novias Noviembre 2016 Bío-Bío
    Claudia ·
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    Hola Diana!! No creo que alguna se case pensando en el divorcio, conocer sobre los distintos regímenes no atañe únicamente en caso de separación o término del matrimonio, también afecta durante el matrimonio, ya que existen distintos efectos frente a deudas, si alguno de los cónyuges quiere invertir, o sobre quién va a manejar los patrimonios, etc.
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  • M
    Novia Máster Noviembre 2017 Cordillera
    María ·
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    Gracias Pespi..pienso igual que tú..creo que es algo para conversar en pareja y decidir juntos, si pensara separarme mejor no me caso

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  • P
    Novia Adicta Octubre 2016 Santiago
    Pespi ·
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    Gracias por la info, está clara y completa, un aporte. Respecto a los comentarios anteriores, mi opinion es que SI hay que ponerse en todos los escenarios y tomar esta decisión responsablemente, lo que no significa estar pensando en separarse. Muchas gracias nuevamente.
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  • Diana
    Novia VIP Febrero 2017 Maipo
    Diana ·
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    Si por eso te dije que súper buena para información como info! Pero nada más ni para tener en cuenta algo asi, que matrimonio sea solo amor no un contrato!Smiley love Smiley heart Smiley ring
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  • M
    Novia Máster Noviembre 2017 Cordillera
    María ·
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    De nada linda

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  • M
    Novia Máster Noviembre 2017 Cordillera
    María ·
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    Toda la razón...pero ya que existen no hay nada de malo en saber de que se trata cada uno

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  • M
    Novia Máster Noviembre 2017 Cordillera
    María ·
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    Me alegra que te sirva

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  • Diana
    Novia VIP Febrero 2017 Maipo
    Diana ·
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    Si es bueno ir preparados con la decisión pero uno debería casarse sin pensar en que el matrimonio podría disolverse, no te parece?
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