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Novia Novata Septiembre 2014 Santiago

Régimen de bienes, elegiste el tuyo?

CArolina, el 17 de Marzo de 2014 a las 12:08 Publicado en Foro matrimonios.cl 0 29

Chicas, ya se que todo lo relativo al matrimonio es importante, pero no dejen de hablar con sus novios de cómo organizarán financieramente la vida de casados. Ventajas y desventajas tiene cada régimen matimonial, en Chile existen 3 y es bueno informarse y tenerlo claro porque deben decidirlo antes o al momento de casarse. En asuntos de plata, es mejor las cuentas claras... exploren la posibilidad de celebrar capitulaciones matrimoniales si es que tienen bienes, son verdaderos "contratos prenupciales" que le pueden servir a más de una.

29 Respuestas

Última actividad por CArolina, el 21 de Marzo de 2014 a las 15:22
  • C
    Novia Novata Septiembre 2014 Santiago
    CArolina ·
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    Sandra: en caso de fallecimiento independientemente del régimen de bienes el cónyuge es heredero igual, ahora, si está casado en sociedad conyugal lleva la mitad de los bienes y además lo que le corresponde como heredero. Si está casado en Participación en Gananciales no necesariamente llevará parte de las ganancias pues eso ocurre sólo si el cónyuge fallecido hizo crecer más su patrimonio (comparativamente) durante el tiempo de casados, sin embargo igual recibe como heredero. Si están casados en separación de bienes sólo le toca la parte que le corresponde como heredero en los bienes del fallecido. Espero que te sirva la comparación. Saludos!

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  • C
    Novia Novata Septiembre 2014 Santiago
    CArolina ·
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    Nasly: En sociedad conyugal ambos siguen siendo plenamente capaces para trabajar de forma independiente, en la esfera profesional el puede firmar lo que sea y no necesita tu firma. Eventualmente si la podría necesitar para asumir deudas o vender bienes que son la de misma sociedad, lo que es una protección para la mujer, sobretodo cuando ella gana y tiene menos.

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  • Gianina
    Novia Principiante Enero 2015 Santiago
    Gianina ·
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    Sandra, no soy abogada, pero acá te dejo lo que dice la Ley

    http://www.todojuicio.cl/abogados-familia-ley-regimen-gananciales.php

    Según lo que pude entender, en caso de fallecimiento de uno de los conyuges se considera como termino de contrato, al igual que en el caso de divorcio, por lo que al conyuge vivo le corresponde la mitad de los gananciales.

    Saludos!

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  • Sandra
    Novia Adicta Mayo 2014 Santiago
    Sandra ·
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    Hola Gianina...ese regimen es el que mas me cuesta entender...y no había considerado la eventualidad del fallecimiento. Si tienes algún link respecto de la participación de gananciales, te lo agradecería. Leí lo que aparece en el registro civil pero no ayuda mucho.

    O si alguna de las abogadas puede resumir que sucede bajo los 3 regímenes en caso de fallecimiento de uno de los conyuges, sería ideal.

    Gracias!!!

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  • Gianina
    Novia Principiante Enero 2015 Santiago
    Gianina ·
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    Al menos nosotros optamos por tomar la alternativa de "Participación de Gananciales", en el que legalmente durante el matrimonio es como si estuvieras con separación de bienes, pero al momento de un "eventual" divorcio o el fallecimiento de uno de los dos conyuges, tiene los beneficios de la sociedad conyugal, porque se dividen todos los bienes comprados después del matrimonio en partes iguales, y la herencia pasa directamente al conyuge vivo, sin tener que hacer el leseo asociado a la separación de bienes.

    Lee un poco más al respecto, quizás es ese el que más les conviene.

    Saludos!

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  • Nasly
    Santiago
    Nasly ·
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    Amigaaas me caso mañana por el civil y aun me cuesta entender algunad cosas a mi me da lo mismo en vdd jajaja total, pero en vdd mi novio me dijo que no queria con bienes comun porque cada vez que el quiera firmar un negocio no podrea hacerlo sin mi autorizacion, ahora les explico mas detallado, el es ing civil titulado y al momento de hacer planos debe llevar su firma para entregarlos pprque posee una oficina de ing que entrega este servicio que tan cierto es esto?????? o no tiene nada que ver ? o solo necesita firmas cuando loa bienes estan en peligro?? besitooos
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  • Katherine
    Novia Máster Septiembre 2014 Santiago
    Katherine ·
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    Nosotros nos casaremos con separación de bienes, ya que tengo mi dpto propio hace varios años (full amoblado) y no quiero problemas de ningun tipo en caso de que estos exisitieran en el futuro.

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  • Alejandra
    Novia VIP Agosto 2015 Santiago
    Alejandra ·
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    Yo hare exactamente lo mismo Smiley laugh

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  • Sandra
    Novia Adicta Mayo 2014 Santiago
    Sandra ·
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    En nuestro caso será separación de bienes. Es bien dificil entender los regímenes y sus implicancias...he leído harto y todavía hay cosas q no entiendo pero ya lo decidimos.

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  • Carol
    Súper Novia Noviembre 2014 Santiago
    Carol ·
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    Genial, me gusta esa área
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  • Katty
    Novia Máster Noviembre 2013 Copiapó
    Katty ·
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    Veracruz, te dejo este texto:

    "En este régimen el marido se tiene como dueño y administrador de todos los bienes de la sociedad. Además, administra los bienes de la mujer, lo que limita la autonomía de ésta y la libre disposición de sus bienes. Sin embargo, la sociedad conyugal protege a la cónyuge, pues siempre tiene derecho al 50% de los bienes de la sociedad.
    Se distinguen 3 tipos de bienes al interior de la sociedad conyugal: los bienes sociales, los bienes propios y el patrimonio reservado.
    a. Bienes sociales: son aquellos bienes adquiridos durante el matrimonio a título oneroso (mediante el pago de dinero).
    Ambos cónyuges son dueños en un 50% cada uno/a. El marido es el administrador exclusivo de la sociedad conyugal, no obstante tiene algunas limitaciones para administrar. Estas son:
    • Requiere la autorización de la mujer (por escritura pública), para la venta, promesa de venta o hipoteca de los bienes raíces (casas, sitios), sin embargo, para la venta de los bienes muebles (aquellos que se pueden trasladar de un lugar a otro como auto, refrigerador o cama) no se requiere la firma de ella.
    Cabe tener presente que los cónyuges no se pueden demandar entre sí por el hurto de los bienes muebles de la sociedad conyugal. Por ello, en el caso que el marido saque o venda estos bienes no será sancionado por delito alguno, sin embargo, la mujer puede solicitar la indemnización de los perjuicios (daños) causados a ella.
    Es muy importante saber que tanto los bienes raíces como los bienes muebles pueden ser protegidos través de la constitución de bienes familiares.

    • Requiere la autorización de la mujer, para servir de aval (avalista), es decir, para asegurar deudas ajenas con bienes de la sociedad.

    • Requiere la autorización de la mujer, para arrendar bienes raíces por más de 5 años si son urbanos y por más de 8 años si son rurales.

    b. Bienes propios de cada cónyuge: son aquellos adquiridos antes del matrimonio a título gratuito (por herencia o donación) u oneroso, y/o los adquiridos durante el matrimonio a título gratuito.

    El/la cónyuge es dueño/a en un 100% de los bienes que están a su nombre. El marido administra los bienes propios de él y los de la mujer. Esto implica que si la mujer quiere disponer de alguna herencia o donación que haya recibido o de algún bien que tenía antes del matrimonio, requiere de la autorización del marido, lo que puede resultar discrimanatorio hacia la mujer.
    Algunas maneras de solucionar esta situación son:
    • Que la persona que va a dejar bienes en herencia a la mujer, haga un testamento en que señale que estos bienes quedan excluidos de la administración del marido.
    • En el caso de los bienes adquiridos antes del matrimonio, los cónyuges antes de casarse pueden celebrar acuerdos previos al matrimonio en el Registro Civil (capitulaciones matrimoniales), por los cuales quedan excluidos de la sociedad ciertos bienes y por lo tanto, respecto de ellos la mujer es dueña y administradora exclusiva.
    • Además, si el marido se niega a dar la autorización a la mujer para que disponga de sus bienes, ella puede solicitarla al juez. Para contar con el patrocinio gratuito de un abogado/a puede concurrir al Programa de Acceso a la Justicia o a la Corporación de Asistencia Judicial de su domicilio.

    c. Patrimonio reservado: Está compuesto por la remuneración de la mujer y todo lo que adquiera con su remuneración. Para tener derecho a él, es necesario que la mujer esté casada en sociedad conyugal, trabaje remuneradamente y en forma independiente (separada) del marido.
    Para comprobar que son bienes del patrimonio reservado, al momento de comprar los bienes raíces (casas, sitios), se debe agregar una cláusula a la escritura pública de compraventa señalando la actividad o empleo de la mujer y que el bien es adquirido en virtud del artículo 150 del Código Civil o bien en virtud del patrimonio reservado. En el caso de los bienes muebles (TV, refrigerador, etc.), es conveniente pedir factura a nombre de la mujer.
    Respecto de estos bienes, la mujer es dueña en un 100% y los administra libremente."

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  • Doris
    Novia Experta Abril 2014 Santiago
    Doris ·
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    Jajajajaa, gracias!! yo soy penalista.
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  • Veracruz
    Novia Adicta Septiembre 2014 Iquique
    Veracruz ·
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    Queria cirarte pero no pude hace rati mi comentario esta abajo a ver si puedes darme una orientación! ! Gracias ass
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  • Veracruz
    Novia Adicta Septiembre 2014 Iquique
    Veracruz ·
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    La . verdad es un asunto. Complicado en mi caso, ya q somos extranjeros Y ya registramos nuestro matrimonio aqui en en chile como bienes en común por q es el mismo q en nuestro. País, pero ya un poco mas entendiendo el tema nose si hice bien, solo el esta trabajando por q yo estoy cn mi niños aun muy chicos y no tengo a NADIE para dejarlos asi q tuve q ser yo la q se quede, el gana mmuúuuuuuyyy bien y administramos juntos las ganancias adrmas q lo ayudo y se el movimiento de su trabajo por q antes trabajabamos juntos, pero ahora q las leo no entendí muy bien eso del patrimonio de la mujer y cm puedo hacer para separ ciertas cosas q solo quiero q sean mias, yo se q el accederia, o si pueden ir algunas cpsas a mi nombre, las q el me regale tb pueden estar inscritas en ese patrimonio???? Les agradecería enormemente una luz en este tema para . orientarme mejor!!besos
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  • Clau Isa
    Novia VIP Enero 2015 Concepción
    Clau Isa ·
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    Nosotros queremos todos los bienes en común!! seremos 1 jijij

    ya casados yo administraré las finanzas del hogar por q mi novio es super desordenado con su plata!!

    cariños!!

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  • Ximena
    Novia Curiosa Marzo 2013 San Antonio
    Ximena ·
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    Cuando fui al registro civil a la manifestación nos preguntaron cual sería el régimen y contestamos cosas distintas, primera diferencia del futuro matrimonio. Yo quise que fuera separación de bienes para evitar temas legales que nunca se está libre de contraer. Mi novio no quería, tuvo que ceder ante la presión del momento.
    Recomiendo conversarlo y entender de que se trata cada régimen antes, error de nosotros no haberlo aclarado.
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  • Vanessa
    Novia Habitual Enero 2015 Santiago
    Vanessa ·
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    Nosotros nos casaremos con separación de bienes, ya que, por algún motivo los créditos estudiantiles que se toman antes del matrimonio forman parte de la sociedad en el caso de casarse por otro régimen, de este modo no queremos perjudicarnos tomando una deuda no adquirida. Smiley smile
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  • Daniela
    Súper Novia Abril 2014 Cachapoal
    Daniela ·
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    Siii lo tengo clarito jejeje. Trabajo en un tribunal divorciando gente!!
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  • Claudia
    Novia Experta Febrero 2014 Santiago
    Claudia ·
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    Separacion de los gananciales
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  • Claudia
    Novia Experta Febrero 2014 Santiago
    Claudia ·
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    Yo igual me case con separacion en los gananciales
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  • C
    Novia Novata Septiembre 2014 Santiago
    CArolina ·
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    Buena decisión Daniela, si el gana más que tu te conviene, ojo que los bienes que tienes de soltera no pasan automáticamente al patrimonio reservado (el PR es sólo de bienes que adquieres durante el matrimonio), debes hacer una capitulación matrimonial para mantener tu la administración de ellos. Suerte!

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  • Carol
    Súper Novia Noviembre 2014 Santiago
    Carol ·
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    Buena clase de civil familia colega jajaj
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  • Carol
    Súper Novia Noviembre 2014 Santiago
    Carol ·
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    La verdad el régimen patrimonial me da lo mismo, todo lo que compre lo haré bajo el art 150 en la que se entiende que estoy separada de bienes, probablemente cuando trabaje gane mucho más que mi marido por nuestras profesiones...pero en serio me da igual.
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  • Daniela
    Súper Novia Abril 2014 Cachapoal
    Daniela ·
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    Yo, a petición de mi novio me casaré con sociedad conyugal. Mis bienes (casa y auto) obviamente serán incritos como "patrimonio reservado de la mujer casada" asi que lo mio es mio y lo de él es nuestro jajajaja, cosa que me conviene porque el siempre ganará mas yo. Este régimen se puede modificar en cualquier momento, asi que por ahora nos quedamos con el régimen mas tradicional.

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  • Katty
    Novia Máster Noviembre 2013 Copiapó
    Katty ·
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    Separación de bienes... las cuentas claras conservan la amistad jajajaja

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  • Francisca
    Novia VIP Abril 2014 Valparaíso
    Francisca ·
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    Separacion de viernes! perdon de bienes jajaja.. es la forma de salvaguardar tus bienes.. mi depto, mi auto, y los bienes de mi familia.. mas ordenado.. tambien en el tema de embargos o jucios, lo tuyo o lo de el no puede ser embargado si al otro lo demandan por algo. Siempre los huevos en distintas canastas,

    Saludos!!

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  • K
    Novia Máster Noviembre 2013 Santiago
    Karina ·
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    Nosotros nos casamos con participación en los gananciales

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  • Doris
    Novia Experta Abril 2014 Santiago
    Doris ·
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    Yo creo que lo mejor para ambos es casarse con separacion de bienes, independiente a que una vez casados puedan comprar bienes en comunidad, respondiendo siempre según el aporte.

    LAas capitualciones matrimoniales son un contrato dependiente, y sólo valen respecto entre las partes y terceros desde la celebración del matrimonio, debiendo subinscribirse al margen de la respeciva inscprión o hacerlo dentro de los 30 días siguientes.

    Cuando se celebra el matrimonio no pueden cambiarse, ni siquiera en que los contrayentes lo quieran, tampoco son en detrimento de derechos y oblicaciones para cada cónyuge, tampoco a las buenas constumbres o a las leyes. En ella por ejemplo la mujer casándose en separación de bienes, puede renunciar a su administración y pasarsela al marido, o también se puede pactar una determinada suma de dinero.

    En la práctica no es muy usado, a no ser que se tenga muuuuuuuuuuuuuuuuuuucho dinero, pero todo es válido para resguardarse económicamente.

    En nuestro caso, no lo haremos, prefiero la separación de bienes, así nadie se inmiscuye en el patrimonio del otro, y al formar algo en conjunto lo realizaremos en comunidad.

    Cariños para todas!!

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  • Lilia
    Novia Máster Noviembre 2013 Elqui
    Lilia ·
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    Con bienes separados!!!

    Nos parecio más claro y asi lo mio es mio y lo tuyo es tuyo....Porque es cierto que uno se efuerza para comprar sus cositas y que son parte de una vida en familia... siempre uno le pone mas empeño que el otro segun sus gustos....Por ejemplo: La casa es mia ...el auto es de él, independiente que ambos vivamos en "nuestra casa" y usemos "nuestro auto" Smiley winking

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