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Novio Novato Enero 2014 Santiago

Dias de permiso por matrimonio. ..para funcionarios públicos

Jaime, el 6 de Enero de 2014 a las 18:29 Publicado en Región Metropolitana 0 25
El nucleo central de nuestra sociedad....al parecer ....suena suena bonito. ...pero nadie me ha podido dar una respuesta clara si tenmos dias de permiso o no ...para que mencionar a Daniela , quien va a hacer mi esposa ...ella trabaja en una ONG. Tiene contrato pero nadie le ha insinuado si tiene algun ..beneficio. ..yo por mi parte tengo 15 años trabajando en el área de Salud y no se nada. ..Agradecería argumentos para para reclamar si existe o no un derecho

25 Respuestas

Última actividad por Jorge, el 6 de Agosto de 2021 a las 13:50
  • J
    Novio Novato Junio 2022 Santiago
    Jorge ·
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    Una consulta a todos, mi pareja y yo trabajamos en el sector publico, pero en diferentes entidades y diferentes regiones, al contraer matrimonio ¿Es posible solicitar el traslado obligado de alguno de los dos para poder vivir juntos?. Agradecería enormemente la orientación y ayuda.

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  • F
    Novio Novato Enero 2016 Cautín
    Felipe ·
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    Hola,

    te cuento que trabajo en ministerio de hacienda e hice uso de mis 5 días (hábiles) legales de matrimonio. ojo con lo siguiente:

    1) Los 5 días sólo puedes usarlos antes, durante o después de la fecha del matrimonio civil pero en la fecha del matrimonio civil debe estar contenida dentro de esos 5 días. Los 5 días no se pueden fraccionar, deben tomarse todos juntos.

    2) Para solicitar el beneficio debes hacerlo con 30 días (corridos) de antelación como mínimo, contados desde el primer día que harás uso del beneficio. La solicitud se realiza a tu jefatura directa y se comunica la respuesta de ésta a RRHH

    3) Luego del matrimonio civil debes entregar en RRHH tu certificado de matrimonio para respaldar este beneficio. Dicho certificado debe presentarse 30 días (corridos) posteriores al matrimonio civil.

    NOTA: si necesitas más info revisa la Ley 20.764

    Espero haberte ayudado. Saludos, Felipe

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  • Cota
    Novia Adicta Junio 2015 Santiago
    Cota ·
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    Si eso esta claro, se puede usar antes durante o despues...pero de la ceremonia CIVIL...no religiosa.

    Por lo tanto, ¿Como podrias mezclar ceremonia civil y religiosa para poder usar los 5 días como luna de miel?? obviamente uno se va de luna de miel despues de la religiosa, por ende hay que calzar ambas ceremonias para poder usarlo posterior a la ceremonia civil.

    En mi trabajo me dijeron que debia usar los dias antes durante o despues de la ceremonia CIVIL pero yo los queria para despues de la ceremonia RELIGIOSA.... me hubiese encantado tener la ceremonia civil un par de semanas antes, pero los 5 dias no me serviain 5 dias antes o despues de la civil, por lo tanto me case por el civil el viernes, el sabado por la iglesia y desde el lunes mis 5 días luna de miel y despues 2 semansa mas de vacaciones tradicionales.

    Ojo que mi trabajo es un servicio publico, tengo entendido que las empresas privadas son mas flexibles y te dejan tomarlos desde la ceremonia religiosa, independiente de cuando haya sido la ceremonia civil.

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  • F
    Novio Novato Enero 2016 Cautín
    Felipe ·
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    No es así... adjunto párrafo de ley N° 20.764 donde dice que es a elección del trabajador el goce de los 5 días hábiles: dice claramente que puede ser antes, o después del matrimonio pero que debe incluír el día de la ceremonia. Fuente http://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=1064513

    3. Agrégase el siguiente artículo 207 bis:

    "Artículo 207 bis. En el caso de contraer matrimonio, todo trabajador tendrá derecho a cinco días hábiles continuos de permiso pagado, adicional al feriado anual, independientemente del tiempo de servicio.
    Este permiso se podrá utilizar, a elección del trabajador, en el día del matrimonio y en los días inmediatamente anteriores o posteriores al de su celebración.
    El trabajador deberá dar aviso a su empleador con treinta días de anticipación y presentar dentro de los treinta días siguientes a la celebración el respectivo certificado de matrimonio del Servicio de Registro Civil e Identificación.".

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  • Cota
    Novia Adicta Junio 2015 Santiago
    Cota ·
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    Hola.. Nop, solo es después de la ceremonia civil.. En nuestros trabajos son medios cuadrados, pero de repente en el tuyo tienes suerte... Nosotros nos casamos por el civil el viernes y por la iglesia el sábado
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  • P
    Novia Habitual Noviembre 2015 Cachapoal
    Pilar ·
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    Estimada, se pudieron tomar los dias despues de la ceremonia religiosa? Saludos!
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    Novio Novato Enero 2016 Cautín
    Felipe ·
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    Aplica a todo trabajador. al sector público igual

    Fuente: http://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=1064513

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    Novio Novato Enero 2016 Cautín
    Felipe ·
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    Aplica a todo trabajador. Empleados públicos también.

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    Novio Novato Enero 2016 Cautín
    Felipe ·
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    Tienes que avisar a lo menos con un mes de anticipación. son 5 días hábiles continuos los que pueden tomarse antes o después del día de la ceremonia, pero debe incluír el día en el que se celebra el matrimonio. Aplica a todos los trabajadores.

    Fuente: http://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=1064513

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  • Pablo
    Novio Novato Enero 2015 Llanquihue
    Pablo ·
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    Estimado

    La ley 20.764, introdujo una modificación al artículo 207 bis del Código del Trabajo, al señalar:

    "En el caso de contraer matrimonio, todo trabajador tendrá derecho a cinco días hábiles continuos de permiso pagado, adicional al feriado anual, independientemente del tiempo de servicio.

    Este permiso se podrá utilizar, a elección del trabajador, en el día del matrimonio y en los días inmediatamente anteriores o posteriores al de su celebración.

    El trabajador deberá dar aviso a su empleador con treinta días de anticipación y presentar dentro de los treinta días siguientes a la celebración el respectivo certificado de matrimonio del Servicio de Registro Civil e Identificación. "

    Dicho artículo es aplicable tanto a funcionarios públicos y privados. En el caso particular muchos cuestionan si esto se aplica a los primeros, ya que estos no se rigen por el Código del Trabajo, pero ese debate queda superado toda vez que dicha norma del Código es aplicable a todos los trabajadores, por encontrarse en el Libro II, Título II, de las normas de protección a la maternidad.

    Al ubicarse en dicho titulo, el articulo 194, aclara que

    La protección a la maternidad, la paternidad y la vida familiar se regirá por las disposiciones del presente título y quedan sujetos a ellas los servicios de la administración pública, los servicios semifiscales, de administración autónoma, de las municipalidades y todos los servicios y establecimientos, cooperativas o empresas industriales, extractivas, agrícolas o comerciales, sean de propiedad fiscal, semifiscal, de administración autónoma o independiente, municipal o particular o perteneciente a una corporación de derecho público o privado.

    Las disposiciones anteriores comprenden las sucursales o dependencias de los establecimientos, empresas o servicios indicados.

    Estas disposiciones beneficiarán a todos los trabajadores que dependan de cualquier empleador, comprendidos aquellos que trabajan en su domicilio y, en general, a todos los que estén acogidos a algún sistema previsional

    En consecuencia, ningun empleador, ni del sector público ni privado, pueden negar este derecho.

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  • Cynthia
    Súper Novia Febrero 2015 Valparaíso
    Cynthia ·
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    Hola !
    Mi novio y yo trabajamos en una corporación municipal y sí, nos preguntaron si haríamos uso de nuestros días, por concepto de matronio.
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  • Cota
    Novia Adicta Junio 2015 Santiago
    Cota ·
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    Si aplica a los empleados públicos, mi novio y yo trabajamos en distintas entidades públicas y si tenemos el beneficio.
    Lo que voy a averiguar es si pueden ser después de la ceremonia religiosa ya que el civil queremos hacerlo la semana anterior.
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  • Cota
    Novia Adicta Junio 2015 Santiago
    Cota ·
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    Si aplica a los empleados públicos
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  • C
    Novio Novato Febrero 2015 El Loa
    CRISTIAN ·
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    CUANTO ES EL TIEMPO, PARA SOLICITAR EL PERMISO, UN MES O MAS

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  • Pilar
    Súper Novia Octubre 2015 Santiago
    Pilar ·
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    Puxa.. que lata Smiley sad nosotro tb somos empleados públicos Smiley sad seguiré averiguando.
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  • Yeimi
    Novia Novata Febrero 2015 Colchagua
    Yeimi ·
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    Hoy ya es ley... pero aun nose si se aplica al sector publico.... si alguien lo sabe, favor me ayuda.

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  • K
    Novia Máster Noviembre 2013 Santiago
    Karina ·
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    Hola Jaime, en Chile no existe una ley de permiso matrimonial, los días libres quedan a criterio y voluntad del empleador. Por eso te aconsejo que ambos pregunten si les darán días. Yo pregunté en mi trabajo y no me dieron nada, solo podía pedir vacaciones y eso hice.

    Saludos

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  • Katty
    Novia Máster Noviembre 2013 Copiapó
    Katty ·
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    Pffff, los bonos dan risa, la Caja Los Andes te da $25.000 y Los Héroes $23.000... y sería todo jajajajaja

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  • J
    Novio Novato Enero 2014 Santiago
    Jaime ·
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    Eatamos mal ....el nucleo central decla sociedad....es solo una frase en en nuestra constitución bueno...
    Ya me adelante en todo caso estoy con dos días de licencia para organizar. ..nos vemos y gracias
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  • J
    Novio Novato Enero 2014 Santiago
    Jaime ·
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    Gracias ...lamentablemente es asi..ahora claro que voy a aprovechar algun bono del servicio de bienestar
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  • Estela
    Novia Adicta Febrero 2014 Santiago
    Estela ·
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    Y las ONG no son servicios públicos... supongo q el funcionario público eres tú.

    Saludos

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  • Estela
    Novia Adicta Febrero 2014 Santiago
    Estela ·
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    Noo, de hecho se presentó un proyecto de ley sobre "permiso por matrimonio" perio duerme en el Congreso.

    Solo queda pedir vacaciones/día administrativo.

    Pero ojo q hay algunos servicios de bienestar que dan una platita -si eres socio, claro- por matrimonios, nacimientos y esas cosas

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  • Katty
    Novia Máster Noviembre 2013 Copiapó
    Katty ·
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    Hola Jaime. Yo trabajé en hospital público y la respuesta es No. Salvo que lo hayan ganado por negociación colectiva, la única alternativa que te queda es pedir días administrativos, vacaciones o sin goce de sueldo. Lo mismo para tu novia
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  • Paula
    Novia Máster Noviembre 2013 Tocopilla
    Paula ·
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    Oficialmente no salvo que tu sindicato lo haya negociado.
    a mi.amor le dieron.vacaciones y un bono...pero depende de cada empresa...
    en lo publico me imagino q puedes usar dias administrativos en una ONG supongo que se guian por el codigo laboral que no otorga beneficios...debera pedir vacaciones...
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  • Marisol
    Novia Máster Enero 2014 Cordillera
    Marisol ·
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    Uy me pillaste...siempre he trabajado en el sector privado...pero la verdad no creo que tengan permiso...ya lo habriamos sabido...espero esté equivocada.

    Pero por lo que sé la mayoría a tenido que pedir dias de vacaciones en caso de que se casen en días de semana...yo no pedí porque me casé por el civil en la casa un día sábado...y el religioso tb es sábado.

    Te dejo estos link...creo que hay un proyecto de ley pero aún no sale aprobado.

    https://comunidad.matrimonios.cl/debates/archive/dias-de-permiso-laboral-por-matrimonio--t39869

    https://comunidad.matrimonios.cl/debates/archive/el-empleador-deberia-otorgar-permiso-laboral-a-una-persona-que-va-a-casarse--t39896

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