Porque este foro salvó mi fecha de AUC les dejo el paso a paso para hacer este trámite que es OBLIGATORIO si te casas o haces AUC pero tienes hijos/hijas/hijes menores de 18 años nacidos en matrimonios anteriores y están bajo tu tutela. El trámite se llama SOLICITD DE NOMBRAMIENTO DE CURADOR y sin este papel no hay ceremonia civil.
QUIÉN DEBE HACER ESTE TRÁMITE?
- Cualquier persona que se va a casar por segunda vez o hará AUC, siempre y cuando tenga hijos menores de 18 años que hayan nacido DENTRO DEL MATRIMONIO ANTERIOR Y QUE HAYAN QUEDADO CON LA TUTELA DE ESOS NIÑES (CUIDADO PERSONAL). Tengan o no herencia/propiedades, deben hacerlo igual o no se lleva a cabo la ceremonia civil ni AUC.
-Si ser divorciaron la primera vez con cuidado compartido o por mediación tienen cuidado compartido, deben hacerlo ambos padres de les niñes si es que se van a volver a casar o harán AUC. (es el menor de los casos, pero en mi caso es así).
QUIÉN NO DEBE HACER ESTRE TRÁMITE:
-Personas que se van a casar por primera vez, aunque tengan hijes menores de 18 años, si es su primer matrimonio o AUC NO NECESITAN HACERLO.
-Personas que se van a casar por segunda vez pero NO TIENEN HIJES MENORES DE 18 AÑOS NACIDOS EN EL MATRIMONIO ANTERIOR.
¿SE NECESITA ABOGADO PARA HACER EL TRÁMITE?
NO, puedes hacerlo tu misma/mismo/misme como persona natural.
¿CÓMO SE HACE ESTE TRÁMITE?
1- Ir al registro civil:
- Si ya tienen fecha en reg civil para Matrimonio o AUC deben acercarse el novio o novia que tenga hijes bajo su tutela y el adulte mayor de 21 años que será el curador de les niñes. Ambos con sus cédulas de identidad vigentes.
- Les pedirán datos de ambos futuros novios, de el o les niñes y del curador, les entregarán una solicitud firmada por el oficial civil, ese papel deben presentarlo en tribunal de familia que les corresponda.
2- Ir al tribunal de familia que les corresponda o hacerlo online en www.pjud.cl:
- Si te casas el mismo día, te harán el trámite en el tribunal mismo. Si tu fecha es un poco más adelante pero muy cerca, igual anda al juzgado con el papel de solicitud del civil y la persona que es curador, si te dicen que es online debes hacerlo por www.pjud.cl.
- Si te quedan más de 2 semanas para tu fecha de la ceremonia, debes hacerlo por www.pjud.cl si o si.
- En ambos casos (presencial en juzgado o por pjud.cl) deberás presentar los siguientes documentos:
- Copia de CI del novio o novia que tiene los hijos menores de 18 años bajo su tutela.
- Copia de CI del adulto mayor de 21 años que será el curador (mismo que el que aparece en papel del reg civil).
- Certificados de nacimiento de el o les niñes.
- Certificado de matrimonio anterior con subinscripción del divorcio.
- Certificado de solicitud de hora civil si es que la tienes.
Dejo adjunto el paso a paso para hacerlo por www.pjud.cl que me entregaron en el tribunal mismo, me sirvió tal cual, paso a paso. PD: Los litigantes son: Tú, cada une de les niñes y el curador.
- El juzgado o el sistema online te darán un RIT para esta causa de solicitud. El RIT es un rol único para identificar tu causa (si, te abren una causa de familia).
- Si tu matrimonio o AUC es en menos de 2 semanas, puedes llamar por teléfono y dar el RIT que te da el pjud.cl para tu solicitud para solicitar que la TRAMITEN DE FORMA URGENTE porque tu fecha es MUY LUEGO (decir fecha).
4- RESOLUCIÓN DEL JUEZ DE FAMILIA:
- En alrededor de 2 semanas te llegará al correo la resolución del Juez de familia donde autoriza al curador para realizar la ceremonia.
5- PRESENTAR LA RESOLUCIÓN DEL JUEZ DE FAMILIA AL OFICIAL CIVIL:
- La resolución del juez debes presentarlo antes de tu AUC o antes de tu matrimonio civil. Y deberá ser autorizado por el oficial civil.
6- EL DÍA DE TU CEREMONIA CIVIL O AUC:
- El día de la ceremonia LA PERSONA NOMBRADA CURADOR DE LES NIÑES DEBE ESTAR PRESENTE y deberán firmar el papel del juzgado de familia el oficial civil y el curador nombrado.
- Y RECIÉN AHORA puede comenzar tu ceremonia de AUC o Matrimonio.
OTRAS OBSERVACIONES IMPORTANTES DE LO QUE ME PASÓ HACIENDO MI TRÁMITE:
Quien NO puede ser curador de tus hijes:
-Tu futuro cónyuge/conviviente o alguien de su familia.
-El otro progenitor de tus hijes. (Fui con mi ex marido, padre de mi hijo y no nos dejaron).
-Ningún adulto menor de 21 años.
Quien SI puede ser curador de tus hijes:
-Tus padres.
-Tur hermanos.
-Alguien de tu familia.
-Un tercero que no tenga relación sanguínea con tu ex cónyuge o tu futuro cónyuge/conviviente civil.
-Tiene que ser mayor de 21 años.
Y no, en la página del REG CIVL no aparece nada. Gracias a Loreto que posteó acá pude hacerlo y dejo este post para futuras novias y novios, para que no les pase que se enteran de esto 1 semana antes de su ceremonia :'(
Dejo acá el post donde LORETO respondió y me dio la luz para poder hacer mi trámite, incluso en el reg civil me dijeron que en este foro hay más actualización que en las páginas del estado...
Tramite curador! (matrimonios.cl)
PD: Les escribo esto mientras espero que me respondan en el fono del juzgado de familia de san miguel para que apuren mi solicitud porque mi AUC es en una semana más (Llevo 50 minutos esperando al fono), si no llega a no resultar les aviso y actualizo.