Hola aminovi@s, hace rato que estabamos pensando en realizar el matrimonio religioso y civil el dia anterior ,pero cuando fuimos a reservar el dia y hora a la iglesia el capellan de carabineros nos comento que el podria efectuarnos ambos matrimonios en el mismo dia, quedamos perplejos asi que nos pusimos a investigar y claro que si se puede, aqui les dejo informacion de todas partes.
Informacion sacada de registro civil.
- Párrafo 4º
De los matrimonios celebrados ante entidades religiosas de derecho público
Artículo 20.- Los matrimonios celebrados ante entidades religiosas que gocen de personalidad jurídica de derecho público producirán los mismos efectos que el matrimonio civil, siempre que cumplan con los requisitos contemplados en la ley, en especial lo prescrito en este Capítulo, desde su inscripción ante un Oficial del Registro Civil.
El acta que otorgue la entidad religiosa en que se acredite la celebración del matrimonio y el cumplimiento de las exigencias que la ley establece para su validez, como el nombre y la edad de los contrayentes y los testigos, y la fecha de su celebración, deberá ser presentada por aquellos ante cualquier Oficial del Registro Civil, dentro de ocho días, para su inscripción. Si no se inscribiere en el plazo fijado, tal matrimonio no producirá efecto civil alguno.
El Oficial del Registro Civil verificará el cumplimiento de los requisitos legales y dará a conocer a los requirentes de la inscripción los derechos y deberes que corresponden a los cónyuges de acuerdo a esta ley. Los comparecientes deberán ratificar el consentimiento prestado ante el ministro de culto de su confesión. De todo lo anterior quedará constancia en la inscripción respectiva, que también será suscrita por ambos contrayentes.
Sólo podrá denegarse la inscripción si resulta evidente que el matrimonio no cumple con alguno de los requisitos exigidos por la ley. De la negativa se podrá reclamar ante la respectiva Corte de Apelaciones.
Los efectos del matrimonio así inscrito se regirán, en todo, por lo prescrito en esta ley y en los demás cuerpos legales que se refieren a la materia.
( http://www.registrocivil.cl/Servicios/2.Matrimonio/PDF/decreto.pdf )
- El trámite permite solicitar fecha y hora para la realización de un matrimonio civil o para la inscripción de un matrimonio religioso.
Para efectos civiles, la celebración del matrimonio religioso debe ser inscrita en el Servicio de Registro Civil e Identificación (SRCeI) en un plazo de 8 días posteriores,.
Antes de la celebración del matrimonio civil o religioso, la pareja debe cumplir con lo siguiente:
- Solicitar hora con cualquier oficial civil para realizar la manifestación: incluye la entrega de información de los testigos, además de fijar el día y hora para la celebración del matrimonio civil o la inscripción del matrimonio religioso.
- Manifestación: los contrayentes comunican al oficial civil, en forma escrita, oral o por lenguaje de señas, su intención de contraer matrimonio.
- Información: los contrayentes deben presentar a lo menos 2 testigos que declararán que los futuros cónyuges no tienen impedimentos o prohibiciones para contraer el matrimonio.
Rendida la información de los testigos, dentro de los 90 días siguientes se procede a la celebración del matrimonio. Después de ese plazo, deben repetirse las formalidades de la manifestación y la información.
Cualquier oficial civil es competente para celebrar el matrimonio, independientemente del lugar en que los contrayentes tengan su domicilio, siempre y cuando hayan hecho previamente ante él la manifestación, la información y la presentación de los dos testigos.
El trámite se puede realizar durante todo el año.
( http://www.chileatiende.cl/fichas/ver/3373 )
- pasos a seguir son los siguientes:
Iglesia
1.- Realizar las charlas, en nuestro caso fueron tres con parejas de casados y una con el padre. Esto puede variar de acuerdo a la iglesia. En la entrevista con el padre, tambien se entrevista a dos testigos.
Debes informar al padre que inscribirás el matrimonio religioso.
2.- Solicitar un certificado en el cuan indique claramente a) nuestros nombres (marido y mujer) y rut; b) lugar fisico y fechas de las charlas prematrimoniales c) lugar y fecha del matrimonio religioso. (para ser presentado en el registro civil.
3.- Matrimonio religioso!!!!... (te entregarán un acta del matrimonio, que deberas presentar en el registro civil).
Civil
1.- Solicitar hora para manifestación (debes indicar que se realizará inscripción del matrimonio religioso)
2.- Realizar la manifestación de intención de inscribir tu matrimonio religioso, debes llebar dos testigos!! (te darán un documento de este acto, el cual deberá entregar en la iglesia antes del matrimonio religioso). Te darán una hora para inscribir el matrimoio religioso que está dentro del plazo de 8 días corridos desde el día de la ceremonia religiosa.
3.- Realizar la inscripción. (debes acudir con el acta que te entregarán en la iglesia.)
Los testigos del civil pueden ser distintos a los de la iglesia.
Los requisitos y otros documentos como la cedula de identidad olos testigos son las mismas que para las ceremonias religiosa y del civil normales.
( https://www.matrimonios.cl/debates/inscripcion-del-matrimonio-religioso-quien-se-apunta--t50552 )
Bueno aminovi@s espero que les sirva esta informacion.
Saludos